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lunes, 7 de febrero de 2011

POR UNA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DE LA JUSTICIA

Siempre me ha sorprendido la escasa atención que se presta a la Administración de Justicia, en su acepción organizativa, en la licenciatura de Derecho. Las causas pueden ser diversas: la división de las ramas y disciplinas del Derecho como si fueren compartimentos estancos, la incomunicación del profesorado con la realidad práctica o el consabido aislamiento de la Universidad respecto de su entorno social.

Pero el problema es más profundo y, si se quiere, de orden dogmático. En verdad, no existe ninguna disciplina jurídica que se encargue de esta materia. El Derecho Procesal, que todo lo más abarca el estudio de los órganos jurisdiccionales (Derecho Procesal Orgánico), ha proyectado su ámbito de reflexión principalmente en la función jurisdiccional y en la institución del Proceso, al contrario del Derecho Administrativo, que ha sabido repartir esfuerzos y atiende mejor al estudio de la organización de las Administraciones Públicas.

El caso es que, por unas u otras razones, no se dedican los esfuerzos necesarios a estudiar y reflexionar sobre la Justicia como estructura, y, mientras los operadores jurídicos y la doctrina miran para otro lado, la Administración de Justicia sigue sin barrer. Empero, parece que la situación comienza a revertirse, sobre todo a raíz de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, implantación que tiene como objetivo “la racionalización y optimización de los recursos que se destinan al funcionamiento de la Administración de Justicia”. Si bien cabe preguntarse sobre la necesidad de esta reforma en caso de que el “sistema saliente” hubiera sido dotado de los recursos y medios materiales necesarios, la conformación de auténticas unidades administrativas puede ser un paso decisivo para acentuar la reflexión sobre el aparato de la Justicia.

Que la Justicia es lenta, tardía y opaca es un lugar común, pero no hay tanta unanimidad en las recetas. En este sentido, llama la atención la exigua implantación de los medios electrónicos en el funcionamiento de la Justicia, en contraste con el desarrollo de la Administración electrónica en el conjunto de las Administraciones Públicas, especialmente en el ámbito tributario. Cierto es que se han dado importantes avances (véase LexNET) y que ya existe un marco legal propicio para emprender las reformas necesarias, pero aún falta voluntad política y la concienciación de todos los operadores de la Justicia para generalizar el uso de los medios electrónicos y eliminar la insultante cantidad de papel que satura nuestros Juzgados y despachos profesionales. Avanzar hacia la Administración electrónica de la Justicia constituye una buena oportunidad para racionalizar, transparentar y agilizar la Justicia, acercarla a los ciudadanos y, en definitiva, acabar con el papel (mojado) en que a veces resulta eso que llamamos Estado de Derecho.

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