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martes, 23 de noviembre de 2010

DERECHO AL HONOR Y LIBERTAD DE INFORMACIÓN Y OPINIÓN

Bienvenidos a todos los que os asoméis a este nuevo espacio y muchas gracias por detenerte a leer, querido lector.

Aparte de las páginas que suelo publicar en el diario salmantino "La Gaceta Regional de Salamanca" casi todos los domingos, aquí podrás encontrar opiniones sobre temas jurídicos de actualidad o no actualidad. Tus comentarios y sugerencias serán bienvenidos.

Sólo quería hoy dar unas pequeñas pinceladas sobre la confrontación que, cada vez con más frecuencia, hay entre el derecho al honor y el derecho a la información y a la libertad de expresión y opinión. Sobre todo en temas públicos y con personajes públicos de por medio.

Si bien el Tribunal Supremo viene estableciendo la doctrina de que los personajes públicos tiene el derecho al honor disminuido, frente al derecho a la libre opinión, las sentencias recaidas en los Juzgados de Primera Instancia suelen ser reacias a este nivel de apertura que el Supremo viene estableciendo. No sé si será por miedo o por estar más encorsetados debido a que el problema, que suele ser local, pueda afectarles o presionarles más, tanto los jueces como los fiscales (en los asuntos civiles en materia de honor ha de intervenir el Ministerio Fiscal) suelen decantarse por el derecho al honor en temas que suelen estar al límite.

Menos mal que estos temas suelen morir en el Tribunal Supremo o, en su caso, en el Tribunal Constitucional. Pero hasta que eso llega el camino es largo. No obstante, como las sentencias en materia de derecho al honor no se pueden ejecutar provisionalmente, lo bueno es que las decisiones de los jueces no se publicarán en los medios de comunicación afectados hasta que la sentencia sea firme.

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